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Preguntas Frecuentes

  1. ¿Qué significa el Registro "No Llame" (Do Not Call)?
  2. ¿Cómo puedo registrar mi número telefónico al Registro No Llame?
  3. ¿Cuánto cuesta registrarme?
  4. ¿Por cuanto tiempo será valida mi subscripción al Registro No Llame?
  5. Si ya me he preregistrado en el Registro No Llame estatal, ¿Necesito registrarme una vez más en el Registro Nacional de la Comisión Federal de Comercio (FTC)?
  6. ¿Qué función tiene el Registro No Llame para los telemercadores? ¿De que manera me protege el Registro No Llame de solicitudes telefónicas indeseables?
  7. ¿Cuándo debería observar una reducción en el número de llamadas indeseable recibidas?
  8. ¿Qué puedo hacer si ya me he registrado y aún continúo recibiendo llamadas indeseables de telemercadores?
  9. ¿Qué agencia de gobierno es responsable de proteger la ley No Llame?
  10. ¿Están todos los telemercadores sujetos al registro No Llame?
  11. ¿Dónde puedo encontrar información adicional acerca de las restricciones a los telemercadores?


  1. ¿Qué significa el Registro "No Llame" (Do Not Call)?

    El registro es una lista en la cual los consumidores pueden suscribir sus números telefónicos residenciales y celulares, para reducir las solicitudes telefónicas indeseables. Los usuarios inscriben gratuitamente sus números telefónicos por un periodo de cinco años. La ley requiere a telemercadores comprar la lista y les prohíbe llamar a los números suscritos en la misma, a menos que el telemercador obtenga un permiso escrito por parte del consumidor que le pemita llamar a ese número,

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  2. ¿Cómo puedo registrar mi número telefónico al Registro No Llame?

    Usted se puede registrar usando el Internet o llamando gratuitamente al número mencionado posteriormente. Es rápido, muy fácil y gratis.

    Internet: www.donotcall.gov
    Gratuitamente: (888) 382-1222
    Personas con Problemas Auditivos(TTY): (866) 290-4236

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  3. ¿Cuánto cuesta registrarme?

    Registrar su(s) número(s) es gratis.

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  4. ¿Por cuanto tiempo será valida mi subscripción al Registro No Llame?

    Una vez que usted haya registrado su número telefónico domiciliario o celular, el registro permanecerá activo por 5 años a excepción de que usted cambie o cancele su subscripción. La registración debe renovarse cada 5 años.

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  5. Si ya me he preregistrado en el Registro No Llame estatal, ¿Necesito registrarme una vez más en el Registro Nacional de la Comisión Federal de Comercio (FTC)?

    No. California está en coordinación con la FTC. Si usted se registró anticipadamente con la Procuraduría General de California, su(s) número(s) se ha(n) integrado al Registro Nacional del la FTC. Su número permanecerá activo en el registro de la FTC 5 años. La mayoría de llamadas deberán suspenderse a partir de tres meses de la fecha en que usted se haya suscrito al Registro No Llame.

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  6. ¿Qué función tiene el Registro No Llame para los telemercadores? ¿De que manera me protege el Registro No Llame de solicitudes telefónicas indeseables?

    La ley federal requiere que el telemercador examine el registro cada 90 días y borre de su lista todo número telefónico inscrito en el registro. Si usted continúa recibiendo llamadas indesables tres meses después de haber registrado su número, usted podrá suministrar su queja a la FTC o a la Procuraduría Estatal de California. Someta su queja a las entidades gubernamentales mencionadas usando el formulario para quejas disponible en el sitio web: http://www.donotcall.gov o llamando al número (888) 382-1222 (TTY:866-290-4236). El telemercador que ignore el Registro Nacional puede ser multado hasta con $11,000 por cada llamada.

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  7. ¿Cuándo debo observar una reducción en el número de llamadas indeseable recibidas?

    La mayoría de llamadas deberán suspenderse a partir de tres meses de la fecha en que usted haya suscrito sus numeros al Registro No Llame. Existen algunas excepciones, estas siendo organizaciones de caridad, agencias de colección y compañías con las que usted haya establecido una relación de negocio. La ley también permite llamadas hechas por dueños de negocios localizados a 50 millas de su domicilio (Para obtener información adicional acerca de "las relaciones de negocios establecidas", refierase a la pregunta #10). Sin embargo, la ley federal exige a compañías, desistir de llamar a las personas que hayan pedido no ser solicitadas telefónicamente.

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  8. ¿Qué puedo hacer si ya me he registrado y aún continúo recibiendo llamadas indeseables de telemercadores?

    Someta una queja. Si han pasado tres meses desde su subscripción al registro y sigue recibiendo llamadas indeseables de telemercadores, anote el nombre de la compañía, además de la fecha y hora en que le llamaron. Suministre su queja a la Comisión Federal de Comercio y a la Procuraduría General de California usando el formulario para quejas disponible en el sitio web: http://www.donotcall.gov o llamando al número (888) 382-1222 (TTY: 866-290-4236).

    La ley permite llamadas de organizaciones de caridad, agencias de colección y compañías con las que usted haya establecido una relación de negocio. Asimismo, la ley permite llamadas hechas por dueños de negocios localizados a 50 millas de su domicilio. Para obtener información adicional acerca la definación de "las relaciones de negocios establecidas", refierase a la pregunta #10. Sin embargo, la ley federal exige a compañías, desistir de llamar a las personas que hayan pedido no ser solicitadas telefónicamente.

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  9. ¿Qué agencia de gobierno es responsable de proteger la ley No Llame?

    La Procuraduría General de California, los fiscales de los condados y la FTC tienen la responsabilidad de resguardar la ley, de telemercadores delincuentes. La FTC incorporará las quejas recibidas a un archivo nacional que estará a la disposición de las autoridades responsables. Adicionalmente, los oficiales estatales encargados del resguardo de la ley, podrán enviar reportes de quejas directamente a la FTC.

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  10. ¿Están todos los telemercadores sujetos al registro No Llame?

    Aunque la mayoría de telemercadores están sujetos, existen algunas excepciones; estas siendo organizaciones de caridad, agencias de colección, y las compañías que hayan preestablecido una relación de comercio con el usuario. Bajo el reglamento de la relación de negocios, una compañía puede llamarle 18 meses a partir de la última transacción, pago, o envío, aún cuando su número telefónico esté inscrito en el Registro No Llame. Las compañías por medio de las cuales el usuario obtuvo información o sometió alguna aplicación, pueden llamar a su cliente por tres meses. Asimismo, la ley permite llamadas hechas por dueños de negocios localizados a 50 millas de su domicilio. Sin embargo, la ley federal exige a compañías, desistir de llamar a las personas que hayan pedido no ser solicitadas telefónicamente.

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  11. ¿Dónde puedo encontrar información adicional acerca de las restricciones a los telemercadores?

    Visite el sitio web: http://ag.ca.gov/donotcall/index.htm. de la Procuraduría General de California o llame a la misma Procuraduría, Unidad de Información al Público, Programa No Llame (Do Not Call) al número: (888) 398-STOP (7867). Para información adicional, refierase al sitio web: "www.ftc.gov/donotcall" de la FTC.

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